Avances en lo concerniente a la situación de los pueblos indígenas en nuestra región
Por el Día Internacional de los Pueblos Indígenas
- GABEL DANIEL SOTIL GARCÍA
- Docente principal de la Facultad de Ciencias de la Educación y Humanidades de la UNAP
Como ya lo sabemos, cada 9 de agosto debemos conmemorar el Día Internacional de los Pueblos Indígenas, de acuerdo con lo establecido por la Organización de las Naciones Unidas (ONU), desde 1994.
En nuestro país, por su condición de pluricultural y multilingüe, deberíamos elaborar programas especiales para hacer resaltar esta efeméride creando conciencia sobre su existencia e importancia, más aún en nuestra región amazónica, en donde se asientan, desde hace miles de años, varias decenas de pueblos nacidos en el seno del bosque, que aún conservan la relación armónica que supieron cultivar desde su propio origen.
Y es que la humanidad tiene en nuestros pueblos indígenas la mayor reserva axiológico-actitudinal de una relación armónica, de respeto pleno, con el entorno ambiental, tan necesaria en estos momentos en que se viene apoderando, de un amplio sector de nuestra sociedad, una desmedida y destructiva ambición por aprovechar irracionalmente los recursos de la naturaleza, codicia que ya bordea niveles patológicos para satisfacer las ambiciones mercantilistas de grandes conglomerados empresariales, que no tienen escrúpulos para desconocer las propiedades tradicionales de dichos pueblos.
Por esta razón, es que es importante que el Ministerio de Cultura haya publicado la “Lista de 51 pueblos indígenas de la Amazonía y las referencias geográficas denominadas Pueblos indígenas de la Amazonía, como contenido actualizado a incorporar a la información comprendida en la Base de Datos Oficial de Pueblos Indígenas u Originarios”.
En dicho documento, se anota que “Las referencias geográficas denominadas Pueblos Indígenas de la Amazonía, constituyen una fuente de información actualizada sobre la información geográfica de los polígonos o áreas de comunidades nativas georreferenciadas reconocidas o tituladas, provista por las Direcciones Regionales Agrarias de los Gobiernos Regionales, en el marco de la Base de Datos Oficial de Pueblos Indígenas u Originarios a cargo del Viceministerio de Interculturalidad del Ministerio de Cultura”.
En los considerandos de la norma se precisa que “estas acciones se desarrollan de conformidad con los criterios de identificación de dichos pueblos, establecidos en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y la Ley 29785, Ley del Derecho a la Consulta Previa”.
Con la presente actualización se incorpora toda la información obtenida por el Ministerio de Cultura sobre la ubicación de las comunidades pertenecientes a pueblos indígenas de la Amazonía, a través de un análisis de información geográfica de los polígonos o áreas de comunidades nativas georreferenciadas reconocidas o tituladas, provista por las Direcciones Regionales Agrarias de los Gobiernos Regionales, así como de información geográfica de centros poblados censales que, de acuerdo con los censos del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), se ubican en comunidades pertenecientes a pueblos indígenas amazónicos.
Asimismo, en el marco de las competencias del Ministerio de Cultura orientadas a garantizar el bienestar de los pueblos indígenas u originarios y velar porque las políticas públicas que sean implementadas en favor de estos cuenten con enfoque intercultural, resulta necesario brindar información más precisa sobre la ubicación de las comunidades pertenecientes a pueblos indígenas de la Amazonía.
“La presente Resolución Ministerial no excluye a ningún otro pueblo indígena u originario de ser incorporado en la Base de Datos de Pueblos Indígenas u Originarios, considerando que la Base de Datos se actualiza permanentemente y es de carácter referencial, por lo que no es constitutiva de derechos”, indica el dispositivo legal.
Esta Resolución Ministerial actualiza la información geográfica correspondiente a los pueblos indígenas de la Amazonía, “la cual podrá presentar actualizaciones posteriores de acuerdo con la información elaborada por entidades de la administración pública u obtenida a través de trabajos de campo del Viceministerio de Interculturalidad.
Esta norma servirá de instrumento para que los pueblos indígenas hagan respetar sus derechos cuando empresas o individuos pretendan arrebatarles sus territorios para aprovechar los recursos naturales que poseen. Más aún en estos momentos en que hay todo un avance depredador dinamizado por el tráfico que ya se ha entronizado en nuestra región, y que viene generando las mayores destrucciones a nuestro bosque y a los pueblos a que ha dado origen.